Política de Permiso de Ausencia

Una licencia por ausencia (LOA) es una interrupción temporal en el programa de estudio de un estudiante. La LOA se refiere al período de tiempo específico durante un programa en curso en el que un estudiante no asiste académicamente.

Se otorgará una LOA por:

1. De conformidad con el Título IX (incluido el embarazo y condiciones relacionadas u otras razones cubiertas por el Título IX).
2. Si un estudiante es llamado a servicio activo en el ejército.
3. Estudiante que ha experimentado una emergencia médica personal o documentada y está acompañado por una carta del médico del estudiante. (Mientras
    esté en CORE)

Estas son las únicas ocasiones en las que se conceden licencias.

Para que se le conceda una licencia, el estudiante debe:

1. Completar y firmar el formulario de solicitud de licencia de la escuela
2. Debe indicar el motivo de la licencia
3. Los estudiantes que reciben órdenes militares deben proporcionar una copia de sus órdenes militares.
4. Ser aprobados por el asesor profesional futuro y el líder de servicios financieros de la escuela.
5. Las licencias deben durar un mínimo de 14 días y no deben exceder un total de 180 días calendario en un período de 12 meses. Cualquier persona que supere el período de 90 días a 3 meses debe volver a registrarse como "estudiante" en la Junta Estatal de Cosmetología y Peluquería de Nueva Jersey. En el caso de un estudiante que reciba órdenes militares de menos de 14 días, la licencia se concederá por el período de tiempo más corto. Este plazo debe reflejarse en las órdenes militares del estudiante.

La fecha de retiro de un estudiante por licencia por ausencia será la fecha más temprana entre la fecha programada de regreso de la licencia o la fecha en que el estudiante notifique a la escuela que no regresará. Una licencia por ausencia extenderá el período del contrato del estudiante y el plazo máximo por la misma cantidad de días calendario que se haya tomado en la licencia por ausencia.

No habrá cargos adicionales por una licencia por ausencia. Si el estudiante no regresa de una licencia por ausencia (LOA) en la fecha de regreso documentada, el estudiante será expulsado de la escuela a partir de la fecha en que comenzó la licencia por ausencia. Si el estudiante no se comunica con el Líder de Servicios Financieros de la Escuela con respecto a no regresar de una licencia por ausencia o extender la licencia por ausencia, el estudiante será expulsado de la escuela a partir de la fecha en que comenzó la licencia por ausencia. La fecha de terminación para calcular un reembolso es siempre la última fecha de asistencia del estudiante. Un estudiante no puede tomar una licencia por ausencia no aprobada.

Para los beneficiarios de ayuda federal, el período de pago del estudiante se suspende durante la LOA y no se desembolsará ninguna ayuda financiera federal al estudiante mientras esté en una LOA. Al regresar, el estudiante reanudará el mismo período de pago y el mismo trabajo académico y no será elegible para recibir ayuda federal adicional para estudiantes hasta que se haya completado el período de pago. Si el estudiante es beneficiario de un préstamo federal para estudiantes, se le informará de los efectos que el no regresar de una licencia puede tener en los términos de pago del préstamo del estudiante, incluido el agotamiento del período de gracia del estudiante. Se completará un anexo al contrato al regresar de la LOA para extender la fecha de finalización del contrato por la cantidad correspondiente de días calendario.

En circunstancias especiales, la escuela puede otorgar una LOA a un estudiante en caso de una emergencia, donde el estudiante no puede completar la solicitud, como un accidente automovilístico u otro problema médico (es decir, coma) que le impediría solicitar la LOA antes de que ocurriera el incidente. En estos casos, la escuela recogerá la solicitud de los estudiantes lo antes posible y documentará el motivo de la concesión de la licencia después de que haya ocurrido el incidente. La fecha de inicio de la LOA se basará en la primera fecha en la que se haya determinado que el estudiante no puede asistir a clase debido al accidente o situación médica.

Para conceder una licencia de ausencia, debe existir la expectativa de que el estudiante regresará a la escuela.

No se considera que un estudiante al que se le otorga una LOA que cumple con estos criterios se haya retirado y no se requiere ningún cálculo de reembolso R2T4 en ese momento.

Si un estudiante no regresa de una LOA, el período de gracia para los préstamos directos puede haber transcurrido en parte o en su totalidad. Si el estudiante usa 180 días de una LOA, habrá usado el 100% de su período de gracia y estará en el pago inmediato de su préstamo directo.

*(Leave of Absence Policy)